Información sobre visados y políticas migratorias en Ecuador

 

Las políticas migratorias y de visados en Ecuador cambian con frecuencia. La información que consta en esta página fue obtenida directamente del Ministerio de Relaciones Exteriores en Quito y contiene los requerimientos que para lo obtención de cada visa solicita el Ecuador hasta julio de 2017. Sin embargo, todas las embajadas y consulados alrededor del mundo establecen sus propios requerimientos y procesos para conceder una visa. Por ello le aconsejamos que contacte con la embajada o consulado de Ecuador  más cercano a su lugar de residencia para obtener información precisa y actualizada que se aplique a su situación personal.

Nota: Quienes ingresen a Ecuador con una visa de turismo 12-X (Visa Transeúntes), no podrán aplicar a ninguna otra categoría de visado dentro del país. Deberán retornar a su país de origen y desde ahí aplicar.

 

Consejos:

–          Si puede, trate de resolver su visa antes de llegar a Ecuador.

–          Si usted necesita una visa, o asistencia relacionada con temas migratorios estando en Ecuador, el Ministerio recomienda que en lugar de llamar (Tel: 593-2-299-3200), vaya personalmente a las oficinas que están en Carrión E-1-76 y Av. 10 de Agosto. http://cancilleria.gob.ec/

–          Lleve con usted todo el tiempo su pasaporte. Si usted no puede mostrar una identificación adecuada en el momento que una autoridad policial se lo pida, puede ser multado o detenido.

VISAS

Existen dos categorías generales de visas: No residente y Residente (inmigrante).

La mayoría de los visitantes recibirán una tarjeta de turista a su entrada a Ecuador, que tendrá validez por hasta 90 días, a excepción de ciudadanos de Afganistán, Bangladesh, Cuba, Eritrea, Etiopía, Haití, Kenia, Nepal, Nigeria, Pakistán, China y Somalia, los cuales deberán obtener una Visa de Turista (12-X). En cualquier caso, la mayoría de los extranjeros que entren al país, ya sea con tarjeta de turista, o con visa 12-X, sólo podrán permanecer hasta 90 días en el plazo de un año (no calendario).

Para quienes desean trabajar en Ecuador, o simplemente garantizar una estadía de más de 90 días, existe un grupo de visas disponibles entre las que incluimos:

VISAS DE NO INMIGRANTE

12 – I Diplomática

12 – II Oficial

12 – III Cooperación Técnica y Acuerdos Bilaterales

12 – IV Asilo o Refugio

12 – V Estudiante

12 – VI Trabajo

12 – VII Voluntario, Religioso o Misionero

12 – VIII Intercambio Cultural

12 – IX Turismo, Actos de Comercio, Otros

12 – X Transeúntes

Cada cual tiene su propio proceso de aplicación. Todas deben ser registradas en la Dirección General de Extranjería en Quito, o en la Subdirección de Extranjería en Guayaquil inmediatamente después de la entrada al país.

Recomendamos confirmar toda esta información con las embajadas y consulados ecuatorianos en su país de residencia pues los requisitos varían significativamente.

Con el propósito de ayudarle a obtener información adicional mientras esté en Ecuador, hemos incluido una lista de embajadas y consulados en Quito y Guayaquil.

Si usted desea información de cómo extender su visa, acceda a nuestra página sobre visas, preguntas frecuentes y consejos.

 

VISAS DE NO RESIDENTES

VISITAS CORTAS DE MENOS DE 90 DÍAS O VISAS DE TRÁNSITO

Puede ser obtenida por ciudadanos de cualquier país que deseen permanecer por hasta 90 días en Ecuador.

Quienes planeen permanecer por más de 90 días, o quienes vayan a recibir ingresos de cualquier fuente ecuatoriana, necesitarán algún otro tipo de visado para estadías superiores a los 90 días.

Generalmente, basta con llegar al país con un pasaporte válido por más de los 6 próximos meses y un boleto de regreso.

Quien tenga dudas de cómo aplicar para una visa 12-X, puede conseguir información en el consulado ecuatoriano de su país de residencia.

 

Requerimientos para obtener una visa «automática» 12-X de turista o transeúnte:

– Petición escrita, firmada por el interesado, dirigida al funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que preste servicios en el lugar de domicilio del extranjero o en su falta, el del lugar más cercano, en donde debe indicar los motivos y la  actividad que va a realizar en el país y por cuanto tiempo.

– Formulario de solicitud de visa con dos fotografías original tamaño pasaporte a colores, fondo blanco la misma que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

– Pasaporte con vigencia mínima de seis meses y su respectiva copia, y su última entrada al país vigente.

– Copia del pasaje de salida.

– El extranjero deberá demostrar que posee solvencia económica para permanecer en el país.

– Para las visas de amparo de los familiares más cercanos, se debe adjuntar, partida de matrimonio y/o de nacimiento debidamente legalizada o apostillada.

VALIDEZ: Mínimo noventa y un días, máximo ciento ochenta días en cada período de doce meses (año no calendario), contados a partir del ingreso del extranjero al Ecuador.

TARIFAS CONSULARES:

Solicitud: US $50
Visa: US $400
Total: US $450

Los extranjeros que entran al país con una visa 12-X no podrán ejercer labores remuneradas en el país. Para conseguir cualquier otro tipo de visa deberán retornar a su país de origen y aplicar a otra visa que no sea de turista desde ahí.

Los ciudadanos de la Unión Europea, los Estados Unidos, Canadá y la Comunidad Andina pueden aplicar a una visa 12-IX de turista sin necesidad de abandonar el país. Esto les concederá otros 90 días de estancia. Para más detalles consulte abajo.

 

VISAS PARA ESTADÍAS MAYORES A 90 DÍAS

Los extranjeros que planeen permanecer en Ecuador por más de 90 días deberán aplicar a una visa en el Consulado o la Embajada de Ecuador en su país de residencia. Cualquier otra visa, excepto la 12-X, puede ser renovada dentro de Ecuador.

Ciudadanos de países, excepto EU, aplicando a los siguientes tipos de visas desde los EU deben presentar también una visa norteamericana o green card válida.

A continuación ofrecemos un listado de requisitos para renovar cada una de las visas (excepto las de turista) dentro de Ecuador, según lo estipula el Ministerio de Relaciones Exteriores. Las oficinas para renovaciones del Ministerio en Quito están en la siguiente dirección: Carrión E1-76 y Av. 10 de Agosto.

 

VISA DE ESTUDIANTE (12-V)

1. Sujetos de Admisión

Estudiantes que deseen iniciar, completar o perfeccionar su instrucción en establecimientos oficiales o particulares con reconocimiento gubernamental, y sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.

2. Requisitos:

2.1 Petición escrita, firmada por el interesado o el representante legal en caso de menores de edad, dirigida al funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que preste servicios en el lugar de domicilio del extranjero o en su falta, el del lugar más cercano.

2.2 Formulario de solicitud de visa con dos fotografías original tamaño pasaporte a colores, fondo blanco la misma que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

2.3 Pasaporte con vigencia mínima de seis meses y su respectiva copia, y su última entrada al país vigente.

2.4 Matrícula o certificado de admisión de un plantel educativo ecuatoriano debidamente reconocido. El solicitante deberá demostrar que el tiempo de duración de sus estudios es superior a seis meses dentro del lapso consecutivo de un año.

2.5 Demostrar que recibirá de una institución de crédito nacional o extranjera, los recursos necesarios para su subsistencia individual o familiar o que se ha constituido un depósito en un banco nacional o extranjero domiciliado en el Ecuador por la suma, al menos de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América por el año lectivo (Artículo 43 de la Ley de Extranjería), depósito que permitirá al estudiante retirar fondos, en forma mensual, para su subsistencia.

2.6 Si el estudiante extranjero tuviere parientes cercanos, el depósito se incrementará en 500 dólares de los Estados Unidos de América por cada persona que vaya a permanecer bajo su dependencia.

2.7 Si el estudiante extranjero tuviere parientes cercanos ecuatorianos o inmigrantes que garanticen su subsistencia, no se requerirá tal depósito.

Para las visas de amparo de los familiares más cercanos, se debe adjuntar partida de matrimonio y/o de nacimiento debidamente legalizada o apostillada.

3. Validez Visa: Mínimo seis meses, máximo un año (renovables).

4. Entradas: Múltiples

5. Arancel:

Solicitud de visa: US $50
Visa: US $400
Dependientes: US $200 por cada uno más US $50 por el formulario

Nota: No procede la renovación de la visa 12-V cuando su titular ha reprobado el año.

VISA DE TRABAJO  (12-VI)

1. Sujetos de Admisión

Profesionales de alto nivel técnico, trabajadores especializados; Presidentes o Gerentes Generales, Apoderados, Factores, que sean llamados por empresa; instituciones o personas establecidas en el país, para ejecutar labores temporales de su especialidad o con fines de entrenamiento industrial, y sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.

2. Requisitos:

2.1 Petición escrita de la empresa, firmada por el Presidente, Gerente o Representante Legal, dirigida al funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que preste servicios en el lugar de domicilio del extranjero o en su falta, el del lugar más cercano.

2.2 Formulario de solicitud de visa con dos fotografías original tamaño pasaporte a colores, fondo blanco la misma que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

2.3 Pasaporte con vigencia mínima de seis meses y su respectiva copia, y su última entrada al país vigente.

2.4 Currículum vitae u hoja de vida que compruebe idoneidad del extranjero.

2.5 Escritura de constitución de la compañía, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

2.6 Certificado actualizado del RUC del auspiciante.

2.7 Certificado vigente emitido por la Superintendencia de Compañías que el capital pagado es de 12.500 dólares (Reg. Ofic. No 504. Martes 02 de Agosto 2011).

2.8 Nombramiento de Presidente, Gerente General, Apoderado, que deberá presentar, además, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.

2.9 Certificado actualizado de no tener obligaciones pendientes con el IESS.

2.10. Certificado del Cuerpo de Bomberos.

2.11. Certificado Patente Municipal.

2.12 Para las visas de amparo de los familiares más cercanos, se debe adjuntar, partida de matrimonio y/o de nacimiento debidamente legalizada o apostillada.

a) En caso de Contratos de Trabajo, deberá presentar además: Autorización laboral emitido por el Ministerio de Trabajo y contrato de trabajo inscrito en la Dirección de Trabajo.

b) En caso de nombramiento de Presidente, Gerente, Apoderado, deberá presentar además: dicho nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil y adjuntar el certificado de no requerir autorización laboral, mismo que es emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales.

c) En caso de contrato civil de presentación de servicios profesionales deberá presentar además: contrato debidamente inscrito en un Juzgado de lo Civil o Notaría y titulo universitario debidamente apostillado o legalizado en el país de origen. El título deberá estar traducido al español, en caso de estar en idioma extranjero. Certificado de no requerir autorización laboral emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales.

d) En caso de que un extranjero cuente con traslado o auspicio al Ecuador, deberá presentar además: el original de la carta de auspicio o traslado, otorgada por la casa matriz, apostillada o legalizado en el país de origen. Debe estar traducido al español, en caso de estar en idioma extranjero.

3. Validez Visa: Máximo dos años (renovables).

4. Entradas: Múltiples

5. Arancel

Solicitud Visa: US $50
Visa: US $400
Dependientes: US $200 por cada uno más US $50 por el formulario

 

VISA DE RELIGIOSOS O VOLUNTARIOS (12- VII)

1. Sujetos de Admisión

Misioneros, voluntarios o religiosos pertenecientes a organizaciones u órdenes reconocidas en su país de origen y en el Ecuador para dedicarse a labores asistenciales, docentes o de apostolado, y sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.

2. Requisitos:

2.1 Petición escrita, firmada por el Representante Legal de la entidad, o la Conferencia Episcopal Ecuatoriana en caso de religiosos católicos, dirigida al funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que preste servicios en el lugar de domicilio del extranjero o en su falta, el del lugar más cercano.

2.2 Formulario de solicitud de visa con dos fotografías original tamaño pasaporte a colores, fondo blanco la misma que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

2.3 Pasaporte con vigencia mínima de seis meses y su respectiva copia, y su última entrada al país vigente.

2.4 Compromiso del beneficiario para prestar sus servicios gratuitamente.

2.5 Justificación de la necesidad de utilizar temporalmente los servicios del extranjero y Currículum vitae u hoja de vida que compruebe su idoneidad.

2.6 Descripción cronológica de las actividades que cumplirá en el Ecuador.

2.7 Copia notariada del nombramiento del representante legal de la entidad debidamente inscrito.

2.8 Copia notariada del acuerdo, decreto o registro oficial, mediante el cual el gobierno del Ecuador autoriza el funcionamiento de la organización.

2.9 Copia notariada del estatuto.

2.10 Compromiso de la entidad para sufragar los gastos de manutención, vivienda y alimentación y los que originare el abandono voluntario del país antes de la terminación de la misión del beneficiario, o derivados de una orden de deportación emitida por la autoridad nacional competente.

2.11 Para las visas de amparo de los familiares más cercanos, se debe adjuntar, partida de matrimonio y/o de nacimiento debidamente legalizada o apostillada.

2.12 Para voluntarios:

– Certificado de SRUOSC (Sistema de Registro Único de Organizaciones de la Sociedad Civil)
– Cronograma de actividades
– Proyecto del voluntario

3. Validez Visa

Mínimo seis meses, máximo dos años (renovables).

4. Arancel

Solicitud de visa: US $50
Visa: US $400
Dependientes: US $200 por cada uno más US $50 por el formulario

 

VISAS DE INTERCAMBIO CULTURAL (12-VIII)

1.Sujetos de Admisión

Personas asistidas por organismos nacionales constituidos legalmente para desarrollar programas de intercambio cultural, y sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.

2. Requisitos:

2.1 Petición escrita, firmada por el Representante Legal de la entidad, dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores que preste servicios en el lugar de domicilio del extranjero o en su falta, el del lugar más cercano.

2.2 Formulario de solicitud de visa con dos fotografías original tamaño pasaporte a colores, fondo blanco la misma que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

2.3 Pasaporte con vigencia mínima de seis meses y su respectiva copia, y su última entrada al país vigente.

2.4 Copia notariada del convenio de intercambio cultural interinstitucional.

2.5 Compromiso del beneficiario para prestar sus servicios gratuitamente.

2.6 Descripción de proyecto/s que tiene la fundación y descripción detallada de las actividades que cumplirá en el Ecuador.

2.7 Copia notariada del nombramiento del representante legal de la entidad debidamente inscrito.

2.8 Copia notariada del acuerdo, decreto o registro oficial, mediante el cual el gobierno del Ecuador autoriza el funcionamiento de la organización.

2.9 Copia notariada de los estatutos.

2.10 Compromiso de la entidad para sufragar los gastos de manutención, vivienda y alimentación y los que originare el abandono voluntario del país antes de la terminación de la misión del beneficiario, o derivados de una orden de deportación emitida por la autoridad nacional competente.

2.11 Para las visas de amparo de los familiares más cercanos, se debe adjuntar, partida de matrimonio y/o de nacimiento debidamente legalizada o apostillada.

3. Validez Visa: Máximo un año (renovables).

4. Entradas: Múltiples

5. Arancel

Solicitud de visa: US $50
Visa: US $400
Dependientes: US $200 por cada uno más US $50 por el formulario

 

VISA DE TURISMO, COMERCIO, DEPORTE, ARTE, OTROS (12-IX)

1. Sujetos de Admisión

Visitantes temporales con fines lícitos: turismo, deporte, salud; estudios, ciencia, arte o para ejecutar actos de comercio que no impliquen la importación simultánea de bienes, y sus familiares más cercanos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.

2. Requisitos:

2.1 Petición escrita, firmada por el interesado, dirigida al funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que preste servicios en el lugar de domicilio del extranjero o en su falta, el del lugar más cercano, en donde debe indicar los motivos y la actividad que va a realizar en el país y por cuanto tiempo.

2.2 Formulario de solicitud de visa con dos fotografías original tamaño pasaporte a colores, fondo blanco la misma que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

2.3 Pasaporte con vigencia mínima de seis meses y su respectiva copia, y su última entrada al país vigente.

2.4 Copia del pasaje de salida.

2.5 El extranjero deberá demostrar que posee solvencia económica para permanecer en el país.

2.6 Para las visas de amparo de los familiares más cercanos, se debe adjuntar, partida de matrimonio y/o de nacimiento debidamente legalizada o apostillada.

3. Validez Visa: Mínimo noventa y un días, máximo ciento ochenta días en cada período de doce meses (año no calendario), contados a partir del ingreso del extranjero al Ecuador.

4. Entradas: Múltiples

5. Arancel

Solicitud de visa: US $50
Visa: US $400

 

VISAS DE RESIDENTES / INMIGRANTES

Los extranjeros pueden aplicar para establecerse en Ecuador y obtener un estatus de residentes. Este proceso puede demorar entre cuatro y ocho semanas. Existen varias categorías de visas, entre las que están:

9-I. Jubilados. Personas que reciben pensiones en sus países de origen (Se requiere un ingreso mínimo mensual en una cuenta extranjera de $800 para el solicitante principal de la visa, más $100 mensuales para cada familiar dependiente).

9-II. Inversionistas inmobiliarios y de seguridad que dispongan de un capital de inversión de al menos  $25 000, más $500 por cada familiar dependiente.

9-III. Inversionistas industriales que deseen exportar productos agrícolas, Ganado o minerales, y cuenten con un capital de inversión de al menos $30 000.

9-IV. Compañías con agentes locales extranjeros con un poder de abogado ilimitado para representar a la compañía en Ecuador, siempre y cuando al menos el 80% del personal local de la compañía sea ecuatoriano.

9-IV. Técnicos o expertos técnicos bajo contrato con una compañía establecida en Ecuador, trabajadores religiosos, o periodistas extranjeros.

9-V. Profesionales con títulos universitarios reconocidos por una u.niversidad nacional, que deseen practicar su profesión en Ecuador. Si la profesión del aplicante no existe en Ecuador, el título debe ser certificado localmente. El aplicante debe también cumplir los requerimientos para dicha práctica.

9-VI. Individuos económicamente dependientes de sus cónyuges o de miembros directos de su propia familia consanguínea.

 

VISA DIPLOMÁTICA

Esta visa es otorgada únicamente por el Jefe de Misión.

1. SUJETOS DE ADMISION

Funcionarios con rango diplomático:
Funcionarios diplomáticos o consulares, funcionarios internacionales calificados, pertenecientes a Organismos internacionales de los que el Ecuador sea miembro; representantes de misiones especiales acreditadas ante el Gobierno del Ecuador, así como Agregados Comerciales, Agregados Militares, Navales, Aéreos y de Policía y sus familiares más cercanos.

2. REQUISITOS

Llenar el formulario de solicitud de visa

Pasaporte diplomático o documento de viaje o Laissez Passer; con una validez mínima de seis meses.

Nota Verbal del DFAIT, Embajada u Organismo Internacional.

Dos fotografías, tamaño pasaporte, color.

3. VALIDEZ VISA: Término de Misión

4. ARANCEL: Gratis.


VISAS DE REFUGIO

1. SUJETOS DE ADMISION

Se concede a personas desplazadas como consecuencia de guerras de persecuciones políticas en su país de origen, para proteger su vida o libertad, y la de sus familiares más cercanos.

2. REQUISITOS:

2.1 El reconocimiento de la calidad de asilado o refugiado y la concesión del visado correspondiente serán decididos exclusivamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

2.2 Llenar y firmar el formulario de solicitud de visa

2.3 Dos fotografías tamaño pasaporte, a color y con fondo blanco

3. VALIDEZ DE VISA: Indefinida

4. ARANCEL: Gratis